La Real Federación Española de Fútbol ha denegado la inscripción del CDU Malacitano en Segunda Federación al entender que la operación supone un fraude de ley para trasladar a Málaga una plaza conseguida por el FC La Unión Atlético. El club podrá recurrir, pero, por ahora, queda fuera de la categoría.
El ‘Caso Malacitano’ no se ha cerrado todavía. El Juez Único de Competiciones No Profesionales ha desestimado la solicitud de inscripción del CD Unión Malacitano para competir en la temporada 2026/27 en Segunda Federación, una resolución que supone un duro revés para el proyecto malagueño, que afecta simultáneamente a grupo III y IV de la categoría.
La resolución concluye que el CDU Malacitano no ha acreditado ser la continuidad del FC La Unión Atlético, club que logró deportivamente el ascenso a Segunda Federación desde la Región de Murcia. Para la Federación Española, la operación realizada no responde a una mera modificación administrativa o societaria, sino a la creación de un nuevo proyecto en Málaga que pretende conservar una plaza obtenida por méritos deportivos por una entidad diferente.
El argumento principal del ente federativo se sustenta en la protección del denominado modelo deportivo europeo, basado en una estructura piramidal en la que los ascensos y descensos se consiguen exclusivamente sobre el terreno de juego. La resolución recuerda que el domicilio de un club no es un elemento accesorio, sino que determina la federación territorial a la que pertenece, el camino competitivo que debe recorrer y la estructura en la que debe integrarse desde las categorías autonómicas hasta las nacionales.
En ese sentido, el Juez Único considera que aceptar la inscripción del Unión Malacitano supondría romper ese principio básico. La resolución es contundente al afirmar que «permitir que el derecho de participación obtenido a través de una determinada estructura territorial pueda trasladarse al ámbito territorial de otra comunidad autónoma mediante modificaciones societarias supondría reconocer a los derechos deportivos una portabilidad territorial incompatible con la propia configuración de la pirámide competicional del fútbol español». Es decir, la Federación entiende que una plaza deportiva no puede cambiar de territorio simplemente mediante una transformación jurídica o un cambio de domicilio social.
El documento también alerta de las consecuencias que tendría crear un precedente de estas características. Según expone la resolución, otros clubes podrían utilizar mecanismos similares para trasladarse a comunidades autónomas con grupos competitivos que considerasen más favorables, reduciendo costes de desplazamiento o buscando rivales menos exigentes para aumentar sus opciones de ascenso. Para la RFEF, esa posibilidad pondría en riesgo la igualdad competitiva y la estabilidad de las competiciones nacionales.
El Malacitano dispone de 48 horas para presentar recurso ante el Comité Nacional de Segunda Instancia
Además, el órgano disciplinario aprecia la existencia de un fraude de ley en toda la operación. En su resolución sostiene que no se ha acreditado ninguna necesidad real que justificara el traslado de la actividad deportiva desde Murcia hasta Málaga y entiende que la transformación en Sociedad Anónima Deportiva y el cambio de domicilio fueron utilizados como instrumentos para situar en Andalucía una plaza obtenida por el FC La Unión Atlético. Por ello, concluye que el Unión Malacitano no puede ocupar ese lugar en Segunda Federación y que, si desea competir, deberá hacerlo desde la última categoría de la Real Federación Andaluza de Fútbol, como corresponde a cualquier club de nueva creación.
La decisión no es, por el momento, definitiva. El CD Unión Malacitano dispone de un plazo improrrogable de 48 horas para presentar recurso ante el Comité Nacional de Segunda Instancia, por lo que el conflicto todavía no está completamente resuelto. Sin embargo, mientras no exista una resolución diferente, el club malagueño queda fuera de la Segunda Federación.
La noticia tiene una especial trascendencia para todos los equipos de la categoría, entre ellos el Recreativo de Huelva, ya que la composición definitiva de la competición sigue pendiente de conocer el desenlace de este proceso. La resolución de la RFEF refuerza un principio que ha defendido con firmeza: las plazas en las competiciones nacionales no se compran, no se trasladan y no cambian de territorio por decisiones societarias, sino que se consiguen y se mantienen únicamente a través del mérito deportivo.



